LIBRE ELECCIÓN DE OBRA SOCIAL: CAMBIA RÍO NEGRO Y LLA APOYARON LA LEY, PERO CUESTIONARON SUS ALCANCES

Los bloques de Cambia Río Negro y La Libertad Avanza respaldaron la reforma que habilita a los trabajadores estatales a elegir otra cobertura de salud, aunque plantearon reparos sobre el destino de los aportes, las restricciones para determinados funcionarios y las condiciones para regresar a IPROSS.

La Legislatura de Río Negro aprobó el 24 de septiembre la reforma del régimen de afiliación al IPROSS, que reemplaza la obligatoriedad por un esquema de afiliación voluntaria u optativa para trabajadores estatales activos y pasivos. La iniciativa obtuvo 35 votos a favor y 9 en contra.

En ese marco, desde los bloques de Cambia Río Negro y La Libertad Avanza expresaron su respaldo al principio de la libre elección, aunque marcaron diferencias con determinados aspectos del mecanismo aprobado.

“LIBERTAD DE ELECCIÓN SÍ, UNA FALSA LIBERTAD NO”

La posición planteada por ambos espacios parte de una premisa: los trabajadores públicos deben tener la posibilidad de decidir dónde destinar sus aportes para obtener cobertura de salud.

Sin embargo, cuestionaron que la nueva normativa no implique una transferencia completa de los recursos que actualmente financian el sistema.

De acuerdo con el texto aprobado, el trabajador activo puede derivar a la entidad elegida la totalidad de su aporte personal del 4%, mientras que la contribución patronal del 7% continuará ingresando al IPROSS. Esos recursos tendrán afectación específica: 3% para planes oncológicos y especiales, 2% para discapacidad, prestaciones especiales y prótesis, y otro 2% para farmacia ambulatoria y enfermedades crónicas.

Para los bloques que acompañaron la reforma, el debate pasa entonces por determinar hasta qué punto existe una libertad efectiva cuando solamente el aporte personal acompaña al trabajador que decide cambiar de cobertura.

LAS RESTRICCIONES QUE PLANTEARON COMO OBJECIÓN

Otro de los cuestionamientos está relacionado con las condiciones para cambiar nuevamente de cobertura y regresar al IPROSS.

La ley establece que quien ejerza la opción deberá permanecer como mínimo 12 meses en la entidad receptora. Luego podrá optar por otra cobertura, mientras que el regreso al IPROSS podrá solicitarse una vez transcurridos 36 meses desde el primer ejercicio de la opción. Si la cobertura externa finaliza por causas ajenas al afiliado, la reincorporación al Instituto será automática.

Durante el tratamiento legislativo, este punto generó interrogantes y pedidos de aclaración sobre cómo debían computarse los distintos plazos. Legisladores plantearon la necesidad de precisar la redacción para evitar interpretaciones que pudieran extender el período de permanencia fuera del IPROSS.

TAMBIÉN HAY EXCLUSIONES

La norma aprobada establece además que determinados sectores no podrán ejercer el derecho de opción. Entre ellos figuran quienes ocupen cargos electivos, cargos de designación política, magistrados, funcionarios judiciales y autoridades superiores de los poderes del Estado, organismos de control y empresas estatales.

Este punto también fue señalado como una cuestión a revisar desde los sectores que consideran que, si la elección de cobertura constituye un derecho para los trabajadores estatales, las diferencias entre grupos deben contar con una justificación específica.

EL DEBATE SOBRE EL FUTURO DEL IPROSS

La discusión no se limita al derecho individual de elegir. También involucra el futuro financiero y prestacional de la obra social provincial.

Durante el debate legislativo se plantearon advertencias sobre el posible impacto que tendría una salida de afiliados sobre los recursos del Instituto. Desde el IPROSS se analizaron distintos escenarios de migración y se explicó que la contribución patronal del 7% continuará dentro del organismo, destinada específicamente a programas de alta complejidad y prestaciones especiales.

Desde el Gobierno provincial, en cambio, se sostiene que la libre elección puede generar un escenario de competencia que obligue al IPROSS a continuar mejorando sus prestaciones. El ministro de Gobierno y Trabajo, Agustín Ríos, afirmó que la obra social está en condiciones de competir con otras coberturas.

El gobernador Alberto Weretilneck presentó la reforma precisamente bajo la idea de terminar con la obligatoriedad de permanecer en IPROSS y permitir que los trabajadores puedan elegir la cobertura que consideren conveniente.

UNA REFORMA QUE ABRE UNA NUEVA ETAPA

Con la aprobación de la ley, Río Negro inicia una nueva etapa en el sistema de cobertura de salud de los empleados públicos. La norma deberá ser reglamentada por el Poder Ejecutivo en un plazo de 120 días, y el nuevo régimen permitirá la afiliación voluntaria u optativa para trabajadores activos, futuros afiliados y pasivos.

La discusión política, sin embargo, continuará alrededor de una cuestión central: cómo garantizar que la posibilidad formal de elegir se traduzca en una opción efectiva, accesible y sostenible, sin comprometer el financiamiento de las prestaciones especiales que actualmente sostiene IPROSS.

Desde Cambia Río Negro y LLA sintetizaron su postura bajo una consigna: acompañar el principio de libertad de elección, pero cuestionar las restricciones y condiciones que, a su criterio, pueden limitar su ejercicio efectivo.